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Fecha de caducidad y fecha de consumo de los alimentos

Diferenciar ambos conceptos es esencial a la hora de leer las etiquetas de los alimentos. De ello depende que podamos comer el producto o no.

Una de las claves para seguir unos hábitos de vida saludables y garantizar la seguridad alimentaria en el hogar es aprender a leer las etiquetas de los alimentos que metemos en nuestra cesta de la compra y almacenamos en nuestros frigoríficos y despensas.

En este sentido, hay que prestar atención no solo a la lista de ingredientes y a la proporción en la que se encuentran. Además, es fundamental fijarse en dos términos, ya que de ellos va a depender que podamos comer el producto o no a cuánta prisa nos tenemos que dar en hacerlo.

Fecha de caducidad

La fecha de caducidad indica el día a partir del cual consumir el producto entraña algún riesgo para la salud por leve que sea. De esta forma, lo mejor es no tomarlo ni tratar de darle salida congelándolo, cocinándolo o incluyéndolo en recetas de aprovechamiento.

Observar rigurosamente la fecha de caducidad tiene especial importancia en productos frescos como la carne y sus derivados, el pescado y el pollo. Generalmente estos productos delatan su fecha de caducidad por el olor, pero no siempre ocurre así, de forma que la fecha de caducidad se convierte en la norma para tomarlo o tirarlo; hay que ser estrictos en aplicarla.

La fecha de caducidad se compone del día y del mes en el que el producto deja de ser comestible. Debe figurar en un lugar visible del envase del producto.

Fecha de consumo preferente

Esta cifra indica el día a partir del cual el fabricante no puede garantizar que el producto conserve todas sus propiedades organolépticas (olor, textura, color…) intactas aunque se pueda comer sin problemas. Es decir, el producto puede no estar en condiciones óptimas, pero no representa ningún riesgo para la salud, de forma que si se ha conservado según las indicaciones del fabricante y el envase no está dañado, se puede comer independientemente de que a la vista nos resulte más o menos apetecible.

La fecha de consumo preferente hace alusión a la conservación del producto siempre y cuando se almacene y conserve correctamente en el envase del fabricante. De esta forma, si en un determinado alimento se indica que «una vez abierto, consumir en tres días» debe tomarse esta indicación como válida, y no la fecha de consumo preferente, que será mucho más amplia si el producto está cerrado y el envase no sufre ningún deterioro.

La fecha de consumo preferente puede aparecer, según el tipo de producto, con el año y el mes, el mes y el día o solo el año. Igual que ocurre con la fecha de caducidad, debe estar en un lugar visible del envase; de hecho, suele ir junto a esta.

Información útil sobre ambas fechas

Según la normativa legal, los supermercados y superficies comerciales no pueden vender productos que hayan sobrepasado ni la fecha de caducidad ni la fecha de consumo preferente (aunque estos últimos sean aún comestibles). De esta forma, y aunque tienen mucho cuidado de retirarlos de los estantes, los consumidores deben prestar atención a esta información. Si por error un usuario adquiere un producto que ha sobrepasado alguna de estas fechas, tiene derecho a que los responsables del establecimiento le devuelvan el importe pagado o le restituyan el producto por otro dento de las fechas.

Hay productos que no están obligados a incluir esta información sobre fechas límite de consumo. Estos productos son: frutas y verduras frescas que no hayan sido sometidos a ningún tratamiento previo a su venta, vinos, vinagres y bebidad alcohólicas elaboradas a partir de uva o mosto, bebidad alcohólicas de graduación superior a 10º, zumos y refrescos en evases de más de cinco litros destinados a colectividades. El azúcar, la sal y los chicles tampoco están obligados a ello.

Los productos de panadería, pastelería o bollería fresca (no industrial) también están extentos de reflejar estas fechas porque normalmente deben consumirse dentro de las 24 horas siguientes a su elaboración para cumplir con los estándares de calidad exigidos.

La congelación puede extender la vida útil de un producto más allá de las fecahs de consumo preferente y de caducidad. No obstante, eso no quiere decir que un producto congelado no vaya perdiendo propiedades, aunque lo haga de manera más lenta, y que llegue un momento en el que tampoco se pueda consumir.